NORMAS DE CONVIVENCIA EN COMUNIDADES DE PROPIETARIOS.
Es deber de todos los propietarios y ocupantes del edificio, acatar y respetar las Normas de Convivencia que a continuación se establecen y acuerda, asumiendo los infractores las responsabilidades a que diesen lugar y las preceptivas reclamaciones que se pudiesen derivar tanto del tipo administrativo, civil o penal. En ellos no se tirará papeles, desperdicios ni otros objetos, cuidando de no producir manchas, rayas ni deterioro alguno. No se aparcaran vehículos, bicicletas, carritos, no ocuparán con muebles u objetos no autorizados, los lugares de zona común. Cuando se realicen obras en algún piso, se procurará que la entrada de materiales y recogida de escombros se efectúe antes de las horas de limpieza. El responsable de la obra estará obligado a limpiar lo que ensucie, independientemente de la hora en que se produzca. Los portales deberán estar cerrados permanentemente. No está permitido hacer picnic. Las salidas de emergencia sólo se utilizarán para tal fin, pudiéndose exigir...