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SE PUEDE FUMAR EN EL PORTAL DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS O VECINOS?

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Transcurridos más de cinco años de la entrada en vigor de la Ley 28/2005 de 26 de sobre las medidas sanitarias frente al tabaquismo, comúnmente conocida como Ley Antitabaco , el Gobierno ha ampliado la prohibición de fumar en espacios públicos cerrados y colectivos, tal como queda patente en la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, vigente desde el pasado 2 de enero de 2011. Se puede fumar en el portal o en la puerta de acceso al edificio? Si bien es cierto que la anterior Ley no resolvía si los vecinos podían encender su cigarrillo en el portal, escaleras o cualquier zona común de la finca, la nueva norma sí establece la prohibición de fumar en los espacios cerrados de uso colectivo. No obstante, se permite consumir tabaco en zonas al aire libre, como piscinas, instalaciones deportivas, parques, siempre y cuando estos últimos no sean recintos habilitados para parques infantiles y áreas o zonas de juegos para la infancia. Queda por tanto concretar con normas de régimen interior de la comuni...